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La Corporación de Acueducto Multiveredal informa  que el señor Pedro Pablo Monsalve Vásquez, no labora  para nosotros desde el 30 de Junio de 2021 y no tiene  autorización para  representar  la Corporación  y menos para  instalar  servicio de acueducto /o alcantarillado.


COMUNICADO N°1

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SANTA ELENA, 21 DE MAYO DE 2021.

La Corporacion de Acueducto Multiveredal Santa Elena, ,es uno de los veintidós acueductos del municipio de Medellín que suministra los servicios de acueducto y/o  alcantarillado en los corregimientos y veredas, en este caso nosotros atendemos  las veredas de Barro Blanco, El Rosario, El Placer, Santa Elena Central y El Cerro,  del  corregimiento Santa Elena del municipio de Medellín, además atendemos  algunos sectores aledaños del municipio de Guarne;  es importante resaltar que estos sistemas están construidos con el fin de suministrar agua APTA PARA CONSUMO HUMANO solo residencial; informamos  a toda la comunidad beneficiaria del servicio de acueducto y a la comunidad en general;   sobre la situación que se viene presentando sobre la contingencia y los cortes en la prestación del servicio.

1º- El servicio de acueducto se suministra con agua captada de la quebrada Santa Elena y depende de las condiciones que presente dicha fuente; la cual se ve seriamente afectada por las condiciones climáticas, lo cual afecta el bombeo y nos deja sin agua en la planta de potabilización.

2ª- La calidad del agua que entra  a la planta de potabilización cuando llueve muy fuerte en las zonas de nacimiento de la quebrada, hacen que la potabilización se dificulte y por ende sea más lenta, lo que hace que el servicio  de acueducto se haga con el agua que se tiene reservada en los tanques de almacenamiento.

3º- Esa calidad del agua cuando es muy mala hace que se tenga que suspender la potabilización, para hacer mantenimiento a Floculado res, Sedimentadores y Filtros, que por los sedimentos, de tierra, arenas y limos que trae el agua se colmatan y los tenemos que sacar de funcionamiento, impidiendo así el trabajo de potabilización.

Es importante tener en cuenta que existen otras interrupciones del servicio que no están asociadas a la falla en la prestación del servicio sino a la suspensión por razones de interés público.

Es así, que el artículo 139 de la Ley 142 de 1994 dispone:

Artículo 139. Suspensión en interés del servicio. No es falla en la prestación del servicio la suspensión que haga la empresa para:

139.1. Hacer reparaciones técnicas, mantenimientos periódicos y racionamientos por fuerza mayor, siempre que de ello se dé aviso amplio y oportuno a los suscriptores o usuarios.

La decisión de suspender el servicio por parte de la empresa debe atender a la necesidad de efectuar reparaciones técnicas, mantenimientos periódicos, racionamientos por fuerza mayor, originados por hechos de la naturaleza que afecten el sistema de acueducto, para el caso, la bocatoma del acueducto.

Como puede evidenciarse, tanto la suspensión del servicio como el acto de racionar, implican una decisión de la empresa que puede estar sustentada en la ocurrencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito.

Lo anterior, con el fin de no confundir la decisión empresarial de suspender el servicio para efectuar un racionamiento como consecuencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito (artículo 139 Ley 142 de 1994), con la falla en la prestación del servicio que se deriva de un evento de fuerza mayor o caso fortuito.

En el primer caso, el evento de fuerza mayor o caso fortuito no genera la suspensión del servicio, sino que ésta se origina en la decisión del prestador de racionar el servicio, es decir, distribuir ordenadamente, limitar para evitar consecuencias negativas en la prestación en general.

En el segundo caso, el evento de fuerza mayor o caso fortuito genera el incumplimiento de las obligaciones de continuidad y calidad del servicio a cargo de la empresa, es decir, el evento de fuerza mayor origina la falla, por hechos atribuibles a la naturaleza.

En conclusión, los artículos 136 y 137 de la Ley 142 de 1994 comprenden la configuración de la falla en la prestación del servicio como consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito, y además prevén que frente a dicha falla proceden únicamente las reparaciones establecidas en los numerales 137.1 y 137.2 del artículo 137 ibidem.

4º- En los fines de semana  llega a Santa Elena muchísima gente escapándose de la ciudad, y aquí nos dedicamos a atenderlos con una serie de servicios como restaurantes y hospedajes que solo funcionan los fines de semana lo cual ha aumentado  desproporcionadamente, los consumos, lo cual cuando llueve hace que la planta de potabilización colapse y no podamos atender a dicha población flotante y se afecten los usuarios y/o suscriptores el resto de semana como nos está ocurriendo en este momento, Quien controla este tipo de servicios de restaurante y hoteles que proliferan en el corregimiento y que en semana son residencias? 

5º- La Corporación de Acueducto suministra el servicio  a dos mil suscriptores y hay otros quinientos o más inmuebles interconectados a estos lo que hace que la población atendida pase de  diez mil personas.

La Corporacion de Acueducto es consciente de la dimensión del problema y por eso en los últimos años ha hecho inversiones con recursos propios por más de mil quinientos millones de pesos,  los cuales se han invertido en nuevas redes y tanques de almacenamiento, también sabemos que estas obras no son suficientes y por eso en este momento con el apoyo del municipio de Medellín, Subsecretaria de Servicios Públicos,  está en ejecución el contrato  con la firma SANEAR el cual tiene por objeto el diseño de una nueva bocatoma sobre la quebrada Antenas y la ampliación de la capacidad de la Planta de Potabilización, lo cual aumentara la capacidad de la planta en un treinta por ciento.

Pero de nada vale los esfuerzos que hagamos municipio y Corporacion si no se hace un uso racional del agua; AGUA PARA TODOS, NO PARA TODO con el apoyo de todos saldremos de esta dificultad.

 Por eso los invitamos a que el lavado de carros, el riego de jardines y huertas se realice con aguas lluvias y no con agua potable.

 Esta semana ante esta eventualidad han sido maltratados nuestros colaboradores con agresiones verbales y amenazas que en nada ayudan a resolver la falta de tan preciado líquido y que lo único que hacen es indisponer a nuestros empleados, les recordamos el dicho popular “ trata a los demás como quieres que te traten”, sabemos que la suspensión en el servicio nos causa angustia y rabia pero con tratar mal a los empleados no se resuelve la contingencia, estamos suspendiendo el servicio para que todos podamos disfrutar del servicio por unas horas mientras logramos superar esta emergencia

Sin embargo, el equipo técnico de la CORPORACIÓN DE ACUEDUCTO MULTIVEREDAL SANTA ELENA, está trabajando arduamente en el sistema de captación he intervenido los filtros de la planta de tratamiento de agua potable, con el fin, de normalizar la prestación del servicio.

Por lo que, los días martes 25 y miércoles 26 de mayo, se estarán interviniendo los filtros de la planta de tratamiento, buscando mejorar la continuidad en le servicios. 

 

Cordialmente,

 

CORPORACION DE ACUEDUCTO MULTIVEREDAL SANTA ELENA.


SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO HOY 02 DE JUNIO 2021

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ATENCION!

La Corporación de Acueducto Multiveredal Santa Elena, informa que después de realizar mantenimiento a los filtros, tendremos suspensión del servicio de acueducto hoy dos de junio de 2021,desde las diez de la mañana hasta las primeras horas de la noche, esto con el fin de mejorar el almacenamiento, pues la planta ha venido trabajando en niveles del treinta por ciento y el almacenamiento está en niveles mínimos que nos impiden normalizar el servicio.
HAGAMOS UN USO EFICIENTE DEL AGUA APTA PARA CONSUMO HUMANO, NO AL LAVADO DE VEHïCULOS, NO AL USO DEL AGUA POTABLE EN CONSTRUCCIÓN, NO AL RIEGO DE CULTIVOS.
DE SU COLABORACIÓN DEPENDE QUE SEA MAS PRONTO EL RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO